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Un nuevo intento Esperan acuerdo para aprobar voto de chilenos en el extranjero
Así lo manifestó el senador Ricardo Núñez, tras señalar que espera que la Alianza vote en concordancia con la propuesta presidencial de Sebastián Piñera. Luego que el Ejecutivo decidiera reactivar el proyecto que está radicado hace años en el Senado y que permite que los chilenos residentes en el extranjero votar para las elecciones presidenciales, el senador Ricardo Núñez espera en que se pueda lograr un acuerdo político para sacar adelante la iniciativa, en segundo trámite.
En tal sentido, el parlamentario dijo que espera que los senadores de la Alianza voten en concordancia con la propuesta presidencial de Sebastián Piñera. Cabe recordar que esta semana la Presidenta de la República le fijó urgencia simple a la iniciativa, es decir 30 días de tramitación en cada Cámara, por lo que se espera que se pueda reactivar su debate en la Comisión de Gobierno, instancia donde está radicada desde 1996, después de que la Comisión de Constitución emitiera un informe negativo sobre la materia, aduciendo inconstitucionalidad.
El 72,5 por ciento de los nacidos en Chile, mayores de 15 años, manifestaron su deseo de participar en las elecciones presidenciales y ejercer este derecho ciudadano, según los resultados del Registro de Chilenos en el Exterior. Los antecedentes recogidos comprobaron, además, que dicha motivación aumenta al 77,9 por ciento en las personas cuyo rango etario está entre los 45 y 59 años. Sin embargo, las estadísticas varían según los países de residencia. En España, el 72,9 por ciento de quienes desean votar, emigró de Chile entre 1991 y 2004, al igual que casi la mitad de los casos detectados en Italia (45,8%) y Estados Unidos (48,9%). Mientras que, en Venezuela, la mayoría de los que abogan por el sufragio, un 55,9 por ciento, salió entre los años 1976 y 1980.
PROMULGADA NUEVA CONSTITUCION ¡VIVA CHILE! SANTIAGO -- 17 de Septiembre -- Pasadas las 11:00 horas de hoy, el Presidente de la República, Ricardo Lagos, firmó en La Moneda el decreto promulgatorio con el nuevo texto refundido de la Constitución Política, trámite que permite poner en vigencia las amplias reformas a la Carta Fundamental que aprobó recientemente el Congreso. "Hoy 17 de septiembre de 2005 firmamos solemnemente la Constitución Democrática de Chile", fueron las primeras palabras del Jefe de Estado tras firmar el documento. "Este es un día muy grande para Chile. Tenemos razones para celebrar. Tenemos hoy por fin una Constitución democrática, acorde con el espíritu de Chile, del alma permanente de Chile, es nuestro mejor homenaje a la independencia, a las glorias patrias, a la gloria y a la fuerza de nuestro entendimiento nacional", expresó el Mandatario, quien afirmó, emotivamente, que "hoy despunta la primavera" en el país. El Presidente realizó un repaso de la historia de nuestra Constitución. "Hoy nos reúnimos inspirados en el mismo espíritu de 1833 y 1925, darle a Chile y a los chilenos una Constitución que nos abra paso al siglo XXI", dijo. Las principales reformas que entraron en vigencia -Disminución del mandato del presidente de la República de seis a cuatro años. -Eliminación de los senadores vitalicios y designados. -Aumento de las facultades de fiscalización de la Cámara de Diputados. -Establecimiento de una sola legislatura para agilizar la tramitación de las leyes. Los senadores quedarán reducidos a 38. Pero su número y forma de elección pueden ser modificados por la Ley Orgánica Constitucional correspondiente, lo que significa -al mismo tiempo- que el sistema electoral binominal sale de la Constitución y se radica en una Ley Orgánica, con lo que disminuye el quórum necesario para su eventual eliminación o reforma. A las fuerzas armadas y de orden, se les elimina el rol de "garantes" de la institucionalidad. Se termina con la inamovilidad de los comandantes en jefe, que podrán ser removidos por el presidente de la República mediante decreto fundado que se informará previamente al Senado. El Consejo de Seguridad Nacional a su vez adquiere un rol meramente asesor, y no puede ser convocado por los comandantes en jefe de las FF.AA. En cuanto a la nacionalidad, esta se pierde únicamente "por renuncia voluntaria presentada ante autoridad chilena competente". Además, el documento establece que, "son chilenos los hijos de padre o madre chilenos, nacidos en territorio extranjero" (No más niños chilenos apatridas). ¡VIVA CHILE! |
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